Cambios para el registro de los Comités de Ética en Investigación
La Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial una modificación a un Acuerdo que había sido publicado el 31 de octubre de 2012 en el que se dieron a conocer algunas Disposiciones Generales para la Integración y Funcionamiento de los Comités de Ética en Investigación y en el que se señalaban las unidades hospitalarias que tenían que contar con esos comités, conforme a los criterios establecidos por la Comisión Nacional de Bioética.
El cambio implícito en el Acuerdo publicado este 11 de diciembre 2020 se refiere al registro y a la renovación de constancia de registro de esos comités pues señala que la solicitud de registro se presentará ante la Comisión Nacional de Bioética, en un formato establecido para ello y que se encuentra en la página electrónica de la Comisión Nacional de Bioética; y dice además que ese formato debe estar acompañado por unos requisitos que el propia acuerdo enlista. Estos comités son diferentes de los Comités Hospitalarios de Bioética, de los que se ha hablado en este tiempo debido a las eventuales situaciones en las que tendrían que haberse tomado decisiones respecto a la asignación de medios escasos de atención hospitalaria, como los respiradores, relacionados con la Covid-19. De hecho, en un texto reciente «Principios de Justicia en Tiempos de Pandemia» habíamos analizado algunos problemas éticos relacionados con la Guía bioética de asignación de recursos de medicina crítica que habría sido materia de reflexión de estos comités pues, como dice el sitio de la Comisión Nacional de Bioética, la tarea de esos comités es deliberar y analizar los conflictos de valores y principios bioéticos que pudiesen surgir durante el proceso de la atención médica o en la docencia que se imparte en el área de salud.
Los comités de ética de investigación son otra instancia. Según el acuerdo de 2012, se trata de un órgano autónomo, institucional, interdisciplinario, plural y de carácter consultivo para evaluar y dictaminar los protocolos de investigación en seres humanos. Sus principales funciones son contribuir a salvaguardar la dignidad, los derechos, la seguridad y el bienestar de todos los actuales o potenciales participantes en las investigaciones; actuar en interés los participantes en la investigación y de las comunidades involucradas, tomando en consideración la regulación nacional e internacional en materia de ética en la investigación, y procurar que los beneficios y las cargas de la investigación sean distribuidos entre todos los grupos y clases de la sociedad, tomando en cuenta la edad, género, estatus económico, cultura y consideraciones étnicas. A diferencia de los comités hospitalarios de bioética, los de investigación sólo se instalan en establecimientos de atención médica en donde se realice investigación en seres humanos.
No se hace explícito en el acuerdo cuál es la razón que motiva las modificaciones en el registro. Puede tratarse de una sutileza administrativa. Sin embargo, es importante que esas instancias estén al día porque si bien los días de intenso trabajo para los comités hospitalarios no han concluido, quizá los próximos meses será ocasión de hacer registros y observación sobre los efectos de vacunas y medicamentos en organismos humanos para generar información sobre el virus que provoca la Covid-19.
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