Consulta pública

El otorgamiento de autorización a grandes proyectos urbanísticos, trátese de una vialidad, un conjunto habitacional, un centro comercial o una estación de transferencia para residuos, es un proceso de decisión que puede suscitar cuestionamiento público, desacuerdo e incluso conflicto. Aunque numerosas, algunas causas sobresalen. Los poderes públicos, incluyendo los legisladores, han preferido poner este tipo de procesos al abrigo de la participación pública.En materia de proyectos con impacto ambiental de gran calado, por ejemplo, la administración federal no está obligada a organizar  una audiencia pública: recibidas las manifestaciones de impacto, la Semarnat fija un discreto anuncio en la Gaceta Ecológica que se encuentra en su página de Internet; así, si los potenciales afectados no revisan cotidianamente esas fuentes de información –lo que implicaría que tienen acceso a la Internet–, no se enteran del proyecto en cuestión, y se les agota la posibilidad de ser adecuadamente enterados de la naturaleza, alcance e impacto del proyecto antes de que comience a ejecutarse. Sin una Consulta Pública efectiva no es extraño que los eventuales afectados encuentren en la movilización recursos para oponerse al proyecto. A pesar de las experiencias en las que, por ausencia o desarrollo inadecuado de procesos de consulta, se generan controversias considerables –el proyecto del Aeropuerto o, aunque de jurisdicción más bien local, la Supervía–, y que experiencias en otras regiones –como el caso de la Oficina de Audiencias Públicas de la Provincia de Quebec (BAPE, por sus siglas en francés)– sugieren que puede ser socialmente provechosa la realización de ese tipo de consultas, los gobiernos en México (locales y federal) parecen no estar interesados en convertir la consulta pública en espacio para provocar y orientar una discusión informada y razonada sobre lo que debería ser la decisión correcta. Pareciera que encuentran más útil conservar en la opacidad la toma de decisiones, aun generando desconfianza y condiciones para la radicalización de las inconformidades. La consulta pública y especialmente la audiencia pública podría convertirse en un espacio en el que, además de ponerse frente a frente argumentos a favor y en contra, se plantearan consideraciones no siempre presentes pero convenientes en este tipo de proyectos, no sólo en cuanto a los verdaderos impactos ambientales sino también sobre la durabilidad de las tecnologías para mitigarlos o sobre la reversibilidad de lo que se decide. La consulta pública podría ser también un espacio para revelar si las movilizaciones se explican por la condición de habitantes de los oponentes o si se trata sólo de expresiones “solidarias” que en nada se explican por algún tipo de arraigo al territorio. A veces son los “no lugareños” los que más se oponen, pero eso sólo podría ser evitado en el seno de espacios de abierta y bien intencionada discusión. Definir qué es lo ambientalmente aceptable, ponerse de acuerdo sobre lo que, como riesgo o incomodidad, es socialmente tolerable, y en general determinar eso que es “el interés público”, es cada vez menos un monopolio de unos cuantos, sean estos gobernantes o “expertos”. Ese monopolio de desdibuja a favor de una participación organizada, es decir no arbitraria ni caótica, de otros sectores de la sociedad, especialmente de los afectados por esas decisiones.

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