Becas, pensiones y sistema de salud para todos: Reforma al 4º constitucional

Becas, pensiones y sistema de salud para todos: Reforma al 4º constitucional

cropped-2012-01-16-02-40-32.jpgHoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación otra reforma, la número 16, al artículo 4º de la Constitución. La reforma consiste en agregar las siguientes disposiciones:

Sistema de salud para lo que no cuentan con seguro social: A través de una ley o reforma legal (a la ley general de salud ¿?) será definido un «sistema de salud para el bienestar», cuyo fin será garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud parala atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.

Renta a personas con discapacidad. Se adiciona un párrafo en el que se establece que «el Estado garantizará la entrega de un apoyo económico a las personas que tengan discapacidad permanente en los términos que fije la Ley. El mismo párrafo establece criterios de preferencia: «Para recibir esta prestación tendrán prioridad las y los menores de dieciocho años, las y los indígenas y las y los afromexicanos hasta la edad de sesenta y cuatro años y las personas que se encuentren en condición de pobreza.»

Pensión para adultos mayores. La reforma inscribe en la Constitución el derecho a la pensión universal por parte de los adultos mayores: «las personas mayores de sesenta y ocho años tienen derecho a recibir por parte del Estado una pensión no contributiva en los términos que fije la Ley». Agrega aquí también una medida de discriminación positiva en beneficio de minorías al prever que en el caso de las y los indígenas y las y los afromexicanos la prestación se otorgará a partir, no de los sesenta y ocho años sino de los sesenta y cinco años de edad.

Becas a estudiantes de todo nivel de escolar en el sistema público. Por último, la reforma establece que el Estado establecerá un sistema de becas para las y los estudiantes de todos los niveles escolares del sistema de educación pública. En este caso, se prevé como criterio de prioridad la pertenencia a familias en condición de pobreza.

En sus transitorios, el decreto de reforma establece que el monto de los recursos presupuestales asignados a cada uno de las previsiones establecidas en la reforma, programas de atención médica y medicamentos, apoyo a discapacitados, becas estudiantiles y pensión a adultos mayores, «no podrá ser disminuido, en términos reales, respecto al que se haya asignado en el ejercicio fiscal inmediato anterior». También se establece que el Congreos de la Unión tendrá un año para armonizar el marco jurídico correspondiente.

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